miércoles, 23 de noviembre de 2011

Ley de software. E.E.M. N°3 Gonzalez Pardo Sinisi


Capitulo 1
ARTICULO 1° - Créase un Régimen de Promoción de la Industria del Software que regirá en todo
el territorio de la República Argentina con los alcances y limitaciones establecidas en la presente
ley y las normas reglamentarias que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo nacional. El
presente régimen estará enmarcado en las políticas estratégicas que a tal efecto establezca el
Poder Ejecutivo nacional a través de sus organismos competentes y tendrá vigencia durante el
plazo de diez años a partir de su aprobación.

CAPITULO 5
Infracciones y sanciones
ARTICULO 20. - El incumplimiento de las normas de la presente ley y de las disposiciones de la
autoridad de aplicación referidas a los beneficios establecidos en el capítulo II por parte de las
personas físicas y jurídicas que se acojan al régimen de promoción de la presente ley, determinará
la aplicación por parte de la autoridad de aplicación de las sanciones que se detallan a
continuación:
1. Revocación de la inscripción en el registro establecido en el artículo 3° y de los beneficios
otorgados por el capítulo II.
2. Pago de los tributos no ingresados con motivo de lo dispuesto en el capítulo II, con más los
intereses, en relación con el incumplimiento específico determinado.
3. Inhabilitación para inscribirse nuevamente en el registro establecido en el artículo 3°.

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